En la audiencia preliminar de la causa seguida por la Fiscalía del Ministerio Público del Estado Nueva Esparta contra De los ciudadanos BELQUIS COROMOTO GONZALEZ, y JEAN CARLOS LEON, celebrada por la comisión del delito DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previo el cumplimiento de las formalidades legales, se admitió la acusación presentada por el representante de la Fiscalía del Ministerio Público, por otra parte, el defensor manifestó, que sus defendidos no desean acogerse a ninguna de las medidas alternativas a la prosecución del proceso, por cuanto son inocentes del delito que le imputa la representación fiscal, solicitando de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal, la no admisión de la exhibición de los objetos incautados, como lo son las tijeras, rollo de hilo de color dorado, dinero y.....