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Decisiones del dia 22/02/2011

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Sig [Total de sentencias: 85] Página 8 de 9
N° Expediente : 009345 N° Sentencia : Fecha: 22/02/2011
Procedimiento:
Contrato De Arrendamiento
Partes:
MATILDE FRANCO CONTRA DE TELECOMUNICACIONES FAMOCA
Resumen:
SE DECLARO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO Y SE RATIFICO LA DESICION APELADA DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 2010
Juez/Ponente:
José Tomas Barrios Medina
Organo:
Juzgado Superior Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 3728 N° Sentencia : P-DDO Fecha: 22/02/2011
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
JESUS MANUEL RONDON VS. MUNICIPIO MATURIN DEL EDO. MONAGAS
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas, pasa a decidir en los siguientes términos: -I- DEL MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada del merito favorable de los autos, la mencionada abogada promueve y reproduce el mérito favorable de autos, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide. -II- DE L AS DOCUMENTALES: Con relación a la promoción realizada del escrito probatorio, este Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la.....
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
arriba

N° Expediente : 3808 N° Sentencia : P-DTE Fecha: 22/02/2011
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
JUAN CARLOS AROSTEGUI VS. CONCEJO MUNICIPAL DEL ESTADO MONAGAS
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos: -I- DEL MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada en el capitulo I, la mencionada abogada promueve y reproduce el mérito favorable de autos, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide. -II- DE LA EXHIBICIÓN: En relación a la promoción de la prueba de exhibición señalada en el capitulo II, las admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no .....
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
arriba

N° Expediente : 4203 N° Sentencia : P-DTE Fecha: 22/02/2011
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
NOEL ROJAS VS. CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO MONAGAS
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas, pasa a decidir en los siguientes términos: -I- DEL MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada en el capitulo I, la mencionada abogada promueve y reproduce el mérito favorable de autos, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide. En relación con la promoción realizada en el Capítulo II, este Tribunal visto que no se promovió medio de prueba alguno, valorará todas las actas del expediente en la oportunidad de decidir acerca de.....
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
arriba

N° Expediente : 4201 N° Sentencia : P-DDO Fecha: 22/02/2011
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
RAMON GOLINDANO VS. CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO MONAGAS
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas, pasa a decidir en los siguientes términos: -I- DEL MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada por las mencionadas abogadas promueven y reproducen el mérito favorable de autos, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide.
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
arriba

N° Expediente : 4215 N° Sentencia : P-DDO Fecha: 22/02/2011
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
ANGEL MILENIO PEREDA VS. CONTRALORIA GENRAL DEL ESTADO MONAGAS
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas, pasa a decidir en los siguientes términos: -I- DEL MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada por las mencionadas abogadas promueven y reproducen el mérito favorable de autos, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide.
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
arriba

N° Expediente : 4208 N° Sentencia : P-DDO Fecha: 22/02/2011
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
JORGE PRADA VS. CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO MONAGAS
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas, pasa a decidir en los siguientes términos: -I- DEL MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada por las mencionadas abogadas promueven y reproducen el mérito favorable de autos, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide.
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
arriba

N° Expediente : 4209 N° Sentencia : P-DDO Fecha: 22/02/2011
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
VIOLETA DEL VALLE ARREAZA VS. CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO MONAGAS
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas, pasa a decidir en los siguientes términos: -I- DEL MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada por las mencionadas abogadas promueven y reproducen el mérito favorable de autos, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide.
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
arriba

N° Expediente : 4215 N° Sentencia : P-DTE Fecha: 22/02/2011
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
ANGEL MILENIO PEREDA VS. CONTRALORIA GENRAL DEL ESTADO MONAGAS
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas, pasa a decidir en los siguientes términos: -I- DEL MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada en el capitulo I, la mencionada abogada promueve y reproduce el mérito favorable de autos, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide. En relación con la promoción realizada en el Capítulo II, este Tribunal visto que no se promovió medio de prueba alguno, advierte que la valoración de todas las actas que conforman el expediente se h.....
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
arriba

N° Expediente : 0196 N° Sentencia : 41 Fecha: 22/02/2011
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
OSWALDO ANTONIO MARTÌNEZ ANTUAREZ Y JOSEFINA FEBRES HERNÀNDEZ
Resumen:
El Abogado JOSE GREGORIO UZCÀTEGUI Juez Temporal del Juzgado del Municipio cedeño de la Circunscripciòn judicial del Estado Monagas, pasa a decidir de la manera siguiente: Por todas las consideraciones que anteceden y de conformidad con lo dispuesto en el Artìculo 12 del Còdigo de Procedimiento Civil y en atenciòn a lo establecido en el Artìculo 185 A del Còdigo Civil, Administrando Justicia en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos OSWALDO ANTONIO MARTÌNEZ ANTUAREZ Y JOSEFINA FEBRES HERNÀNDEZ, y en consecuencia se declara DISUELTO el vinculo matrimonial que los unìa, el cual se celebrò en fecha 10/02/1996 por ante el Registro Civil del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas. En cuanto a los bienes de la comunidad Conyugal este Tribunal no tiene materia por la cual pronunciarse, en virtud de que las partes manifestaron en la solicitud que no adquirieron ningùn bien. Dado. F.....
Juez/Ponente:
Enma Isabel Cabeza
Organo:
Juzgado del Municipio Cedeño
arriba

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