El Tribunal comprobado como ha sido el derecho que la solicitante alega, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana CARMEN HONORIA ZAMBRANO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 624.111, sobre unas bienhechurìas construidas sobre un terreno de su propiedad, consistentes en una casa de habitación, la cual tiene un área de construcción de Ciento Nueve Metros Cuadrados con Cincuenta y Cuatro Decímetros (109,54 m2), distribuidos de la siguiente manera: Planta Baja, tres (3) habitaciones, una sala comedor, cocina, dos (2) baños, patio lavadero y porche techado. Planta Alta, dos (2) habitaciones, un baño, escalera, terraza; puesto de estacionamiento, tanque subterráneo con capacidad de tres mil litros, con sus instalaciones eléctricas, de aguas blancas y aguas negras. Dichas mejoras se encuentra ubicadas dent.....