En mérito de las razones expuestas, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por el profesional del derecho FRANKLIN LEONARDO LOPEZ MEDINA, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos JULIO CESAR FERRER NAVARRO, JESSICA MARÍA CHACíN y HECTOR JOSÉ MARTÍNEZ CHACíN.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nro. 245-16 dictada en fecha 23.05.2016, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual acordó negar la entrega de los vehículos automotores que poseen las siguientes características: 1.- MARCA: FORD, TIPO: SEDAN, MODELO: CONQUISTADOR, AÑO: 1982, OLOR: BLANCO, PLACA: AB266ZV, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ85CR82079, SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS, USO: PARTICULAR, el 2.- MARCA: CHEVROL.....