declara:
a) CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, basada en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario, incoada por la ciudadana SARA SABRINA NAVA PERNIA, en contra del ciudadano LEONARDO ENRIQUE RIOS SUAREZ, anteriormente identificados.
b) SIN LUGAR, la solicitud de Divorcio basada en la causal tercera del artículo 185 del Código Civil, referida a los excesos, sevicias e injurias graves que hacen imposible la vida en común, incoada por la ciudadana SARA SABRINA NAVA PERNIA, en contra del ciudadano LEONARDO ENRIQUE RIOS SUAREZ, anteriormente identificados.
c) SIN LUGAR la reconvención de divorcio, basada en las causales segunda y tercera del artículo 185 del Código Civil, relativas al abandono voluntario y a los excesos, sevicias e injurias graves que hacen imposible la vida en común, formulada por el ciudadano LEONARDO ENRIQUE RIOS SUAREZ, en contra de la ciudadana SARA SABRINA NAVA PERNIA, ya identificados.
d) DISUELTO EL VINCULO.....