Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
1.-) CON LUGAR, la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), seguida por la Sociedad Mercantil FARMACIA BACHAQUERO, C.A,, en contra de la Sociedad Mercantil VENEZUELA PETROLEUM SERVICES C.A, ya anteriormente identificadas.
2.-) Se condena a la parte demandada, Sociedad Mercantil VENEZUELA PETROLEUM SERVICES C.A, al pago de la cantidad de VEINTICINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON 48/100 (Bs.F. 25.738,48), monto de la obligación demandada, más los intereses legales calculados en un 12% anual, hasta la definitiva cancelación de la obligación.
3.-) Se acuerda la indexación o corrección monetaria solicitada, para lo cual se acuerda verificar experticia conta.....