Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre la Obligación de Manutención, de fecha 15 de Julio de 2.011, los ciudadanos ARSIRIA COROMOTO MORON VILORIA y OVIDIO SEGUNDO MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad N°- 20.275.483 y 10.419.885; en beneficio de los adolescentes BEIDELIN CHIQUINQUIRA y BEIKER OSCAR MARTINEZ MORON, respectivamente, por ante la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, Fundación Niños del Sol, la Lcda. MARISELA GUTIERREZ, Defensora N°- 023, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaib.....