DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) ÚNICO: JUSTO TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JUAN |JOSÉ MELEAN BRAVO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número V-4.521.496, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, sobre las mejoras y bienhechurías fomentadas sobre el fundo agropecuario denominado "LA VICTORIA", ubicado en el sector Las Palmas, asentamiento campesino ninguno, parroquia El Rosario, municipio Rosario de Perijá del estado Zulia, constante de una superficie de CIENTO QUINCE HECTÁREAS CON CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (115 Has con 4341 Mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: lote de Manuel Santoral; SUR: Lote de terreno Agropecuaria Curazao; ESTE: Lote.....