en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la Monica Carolina Noriega, venezolana, titular de la Cédulas de Identidad Nº V-10.202.359, en beneficio de su hija, la niña OMITIDO CONFORME A LA LEY. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana Monica Carolina Noriega, antes identificada, para que en nombre y representación de su hija, la niña OMITIDO CONFORME A LA LEY, acuda ante el Seguros Horizonte, y ante cualquier otro organismo, público o privado para gestionar el cobro de la cuota parte correspondiente a la mencionada niña en las acreencias y beneficios en las que resulte acreedora con ocasión al fallecimiento de su padre, Jose Alejandro Rodríguez, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.392.091, por concepto de Prestaciones Sociales, Seguro de Vida, Quincenas sin cobrar, Retroactivo de Sueldos, Aguinald.....