Con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley DECLARA:
¿ Consumado el acto procesal del convenimiento celebrado entre el demandado y el demandante en este juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA), seguido por el ciudadano LUIS ADOLFO LEAL RAMOS, en contra del ciudadano MARCOS VINICIO FINOL ARAUJO y habiendo sido revisados todos los extremos legales, SE DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO CELEBRADO EN ESTE JUICIO, en consecuencia pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva.
¿ Suspende la medida de embargo ejecutivo decretada y ejecutada en este juicio, sobre el vehículo señalado anteriormente, acordando para ello librar oficio al Depositario Judicial, a fin de que haga e.....