DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra del penado FREDDY JOSE VERA TORRES, Venezolano, natural de Cabimas Estado Zulia, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 07-12-1977, de estado civil soltero, profesión u oficio Auxiliar de Computación, titular de la Cedula de Identidad Nro. 12.845.337, hijo de los ciudadanos FREDDY VERA y ROSA TORRES, analfabeto, residenciado en el sector Barrio, Unión, calle Córdova, casa Nro. 252 Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas, Estado Zulia, de conformidad con el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 277 del código penal venezolano, cometi.....