Por lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, decreta:
PRIMERO: La INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana SONNIA LUZ DURAND DE PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.824.189.
SEGUNDO: Se designa como Tutora Interina de la entredicha SONNIA LUZ DURAND DE PEROZO, a su hija, ciudadana MARISELA LUZ PEROZO DURAND, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.864.568, domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia.
TERCERO: Se ordena seguir formalmente el proceso en los términos del juicio ordinario de conformidad con lo dispuesto en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se ordena notificar al Fiscal del Minis.....