En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la Norma señalada, en concordancia con el Artículo 783 eiusdem, declara HOMOLOGADA la PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, celebrada mediante Transacción, entre PEDRO IGNACIO SIFONTES ORTIZ, apoderado judicial de la parte Demandante ciudadano JESÙS RIVAS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.344.619, demandada ciudadana ALMEIDA ANTONIA CARRIZALEZ.
Se suspende las medidas decretadas en el presente juicio tanto de Secuestro como de Prohibición de enajenar y Gravar. En cuanto a la partición de esta suspensión se libraran los oficios que fueren menester, una vez quede firme la presente decisión. Asimismo, se acuerda la expedición de las copias certificadas mecano.....