Por todo lo antes expuesto y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, administrando justicia en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: Primero: Se declara con lugar la petición fiscal y se le decreta como medida de coerción de juzgamiento en libertad en contra del ciudadano incriminado LUIS ANTONIO ORTEGA, Venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, fecha de nacimiento 03-02-1981, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.855.654, soltero, Vigilante, hijo de CARMEN DE ORTEGA y LUIS ORTEGA, y residenciado en el Barrio Carlos Andrés Pérez, calle 11, casa S/N a dos cuadras de la esquina caliente, en toda la esquina de la residencia de Ezequiel, teléfono 0275-5553342, las providencias cautelares de libertad asegurada contenidas en los ordinal 3º del artículo 2.....