Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Conforme a lo señalado en el numeral 4 del artículo 251 ejusdem, que trata sobre el peligro de fuga por el comportamiento del procesado, y al considerar llenos los requisitos exigidos por el artículo 250 ejusdem, decreta en su lugar ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano HUMBERTO DE JESUS QUINTERO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 72 años de edad, Estado Civil casado, titular de la cedula de identidad N° V-115.279, de profesión u oficio comerciante, y una vez aprehendido quedará a la orden de este Tribunal, para la reanudación del proceso que se le sigue, por el delito de GESTION DE DESECHOS TOXICOS, previsto y sancionado en el artículo 62 de la ley P.....