En consecuencia, por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a fin de garantizar el cumplimiento de la obligación por parte de los co- demandados, de conformidad con lo establecido en el artículo 646 ut supra transcrito decreta:
• En el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) incoado por BANCO NACIONAL DE CREDITO, BANCO UNIVERSAL en contra de Sociedad Mercantil CARNICERIA Y CHARCUTERIA SAN LUIS, C.A.en la persona de su Presidente el ciudadano LUIS EDUARDO BARRIOS GONZALEZ, antes identificados, y a este en su propio nombre quien se constituyó en fiador y principal pagador, medida provisional de embargo sobre bienes muebles propiedad de los co –demandados Sociedad Mercantil CARNICERIA Y CHARCUTERIA SAN LUIS, C.A. en la persona de su Presidente el ciudadano LUIS EDUARD.....