DECISIÓN
Por los razonamientos antes dilucidados, este Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad del demandado, ANDRES JOSE TUDARES LABARCA, identificado plenamente, hasta cubrir la cantidad de DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs.F. 18.384,95), cantidad ésta correspondiente al monto intimado mas un treinta por ciento (30%). Todo en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN sigue la Sociedad Mercantil FAVRI MUEBLES COMPAÑÍA ANÓNIMA, en contra del ciudadano ANDRES JOSE TUDARES LABARCA, ambos ya identificados.
Se ordena librar exhorto y oficiar a la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Poder Judicial, con sede en Torre Mara a los fines de su distrib.....