En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus RAQUEL ROSARIO BRUZUAL LEAL,, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.165.284, fallecido ab-intestato el día doce (12) de Agosto del año 2009, en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a sus dos (2) hijos ciudadanos: LAURA CECILIA MORILLO BRUZUAL y ANDRES DAVID MORILLO BRUZUAL, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse a la parte solicitante dos (2) juegos de copias certificadas, dejándose en el archivo de este Tribunal, copia certificada de .....