Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el articulo 825 del Código Civil Venezolano, declara como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante WINGER WILLIAMS DÍAZ PACHECO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.381.725, al ciudadano WILLIAM ANTONIO DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.837.871, en su condición de progenitor. Se dejan a salvo los derechos de terceros