Resuelve:
A.- Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: ARMANDO GUIMERA LOSSADA y MARY ALEJANDRA ACOSTA FUENMAYOR.
B.- En cuanto a la Patria Potestad del niño OSCAR ARMANDO GUIMERA ACOSTA, será compartida por ambos padres; la Guarda y Custodia de la niña antes nombrada será ejercida por su madre; en cuanto al régimen de visitas, el progenitor gozara de un amplio régimen de visitas, pudiendo visitar y comunicarse con su hijo cuando el lo desee, y podrá asistirlo en cualquier momento, sin más limitación que por razones de conveniencia que para el propio niño así lo impidan, tomando en cuenta sus horas de sueño, alimentación, educación y salud. Referente a la Pensión Alimentaria, Los gastos ordinarios o extraordinarios necesarios para alimentación, vestido, educación (guardería-colegio), salud y demás gastos que requiera el niño para sus necesidades, serán cubiertos por ambos padres en un cincuenta por ciento (50%) para ca.....