Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ORDENA LA APREHENSIÓN, en contra del ciudadano LEANDRO PUCHE, venezolano, natural de Maracaibo, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. (DESCONOCIDA), residenciado en Sector Santa Rosa de Agua, Avenida 06, cerca del Kinder Negra Matea, Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA y AMENAZA, previstos y sancionados en los Artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometidos en perjuicio de MARIA SOTO, por lo cual se acuerda librar ORDEN .....