Por todo lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO Nº 03 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizadas por los ciudadanos RAMÓN ANTONIO VICENT FIGUEROA, venezolano, natural de Cumana Distrito Sucre, de 29 años de edad, fecha de nacimiento 13-06-1981, titular de la cédula de identidad Nº V-15.289.199, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Barbero, domiciliado en Porlamar, calle Buenaventura, cerca del Comando de la Guardia Nacional, casa de Color Blanco, Municipio Mariño, y JESUS GABRIEL MEDINA PATIÑO, venezolano, natural de Cumana Distrito Sucre, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 06-01-1983, titular de la cédula de identidad Nº V-16.315.247, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Barbero, domiciliado en Porlamar, calle LA Olla, frente a un caber, Ciudad cartón, Muni.....