En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.) Homologado el Convenimiento suscrito por el abogado VALENTIN RISSON SOTO, con el carácter de apoderado judicial de MERCANTIL BANCO UNIVERSAL y el ciudadano JHON RAFAEL VALOR ROWE, parte demandada, obrando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CORPORACIÓN NACIONAL DEL ACERO C.A., y obrando en su propio nombre en su condición de Fiador, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL en contra de CORPORACIÓN NACIONAL DEL ACERO C.A., y el ciudadano JHON RAFAEL VALOR ROWE, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.