Por los fundamentos de Hecho y de Derechos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado EUDER RAFAEL URRUTIA PUERTA, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, con fecha de nacimiento 04-08-1985, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la C.I. 17.280.085, hijo de Marta Puerta y Orlando Urrutia, residenciado en el Sector Los Bucares, Parcelamiento Los Eucaliptos, diagonal a la Guadalupana, frente a la Granja Los Chaguaramos, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Teléfono Nro. 0424-6614753, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley previstas en el artículo 13 del Código Penal, por el delito ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los Artículos 5 y 6, numerales 1º, 2º, 3º, y 8º de la L.....