Cumple la pena principal el día 02-04-2010; Cumplió ¼ parte de la pena el día 02-01-2008, para el beneficio de Destacamento de Trabajo, Cumplió 1/3 parte de la pena el día 02-04-2008 para el beneficio de régimen abierto; Cumplió la 1/2 de la pena el día 02-10-2008; Cumplió las 2/3 partes de la pena el día 02-04-2009, para el beneficio de Libertad Condicional, Cumple las ¾ partes de la pena el día 02-07-2009, para el beneficio de Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 08-11-2010.-Regístrese la presente Resolución, remítase copia certificada de la misma con oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, anexo a Boleta de Notificación dirigida al penado, a los fines de que se de por notificado del presente computo, y a la Fiscal 27 del Ministerio Público, de igual modo se notifica a través del departamento de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del estado Zuli.....