Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 07 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que negó la suspensión de la causa solicitada por ambas partes en el presente juicio, por lo que la audiencia preliminar deberá continuar. 2.- SE CONFIRMA la decisión apelada. 3.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del presente fallo.