Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismos no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbres y no alteran el orden público, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO en el juicio que por DECLARACIÓN DE CONCUBINATO sigue la ciudadana MARIA RAFAELA PRIETO SANCHEZ, contra las ciudadanas KARLA SOFIA RODRIGUEZ PRIETO y KATIUSKA MARIA RODRIGUEZ PRIETO, plenamente identificadas en las actas, asimismo por encontrarse homologada la presente causa este Juzgado declara terminado el presente litigio y ordena el archivo del presente expediente, así como también la devolución de los documentos orinales acompañados con el libelo de demanda. ASI SE DECIDE. ARCHIVESE.-