Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO FUNDAMENTADA EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por el ciudadano PAULINO DE LA CRUZ SEGOVIA SERRANO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 5.509.156, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, contra la ciudadana ELADIA DEL CARMEN BRAVO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número 10.206.755, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia; y en consecuencia, SE DISUELVE EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día veinticinco (25) de febrero de 1994, por ante la Prefectura Civil del Municipio Autónomo Caracciolo Parra Olmedo del Estado Mérida, hoy en día Oficina Municipal de.....