Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, al imputado LEUDYN JOSÉ URDANETA HERNÁNDEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de profesión u oficio obrero, dijo ser titular de la Cédula de identidad N° 9.760.617, de 38 años de edad, soltero, hijo de Ángel Ramiro Urdaneta y de Clara Maria Hernández (d), residenciado en Av. Los Haticos sector El Poniente calle Raúl Cuenca calle 107, casa # 18 A-45, diagonal al Liceo Valerio Toledo, teléfono: 0261-6143521, fecha de nacimiento 03-08-67, establecida en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinales 3: Presentación cada quince (15) días por ante este tribunal y 4: Prohibición de salida del estado Zulia sin autorización del tribunal; por la presunta comisión del delito de HO.....