Se reduce la decisión en cuanto a su dispositiva en los términos siguientes: Este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DESISTIMIENTO del PROCEDIMIENTO en el juicio por cobro de Prestación de Antigüedad y otros conceptos laborales, incoado por los ciudadanos CLARA GAMEZ MORALES, en contra de Sociedad Mercantil CORPORACION DEL MAR, C.A. CODELMAR C.A"",, todos plenamente identificados en las actas procesales. . Así se decide.-