Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 330 ordinal 2° y 331 ambos del Código Orgánico Procesal Penal a los ciudadanos MIGUEL ENRIQUE ROMERO LÓPEZ, a quien se le sigue el presente asunto por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 452 del Código Penal y Artículo 16 de la Ley Especial sobre Extorsión y Secuestro, asi como a los ciudadanos ELIAN RAFAEL OROZCO, HECTOR JUNIOR AMUNDARAY BLANCO, y JOSE GREGORIO ROMERO LOPEZ, a quienes se les sigue el presente asunto por la presunta comisión del delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el Artículo 16 de la Ley Especial sobre Extorsión y Secuestro, cometidos en perjuicio de los ciudadanos OMAR ENRIQUE GIRALDET, JESUS GREGORIO GIRALDET Y MARIA GABRIELA QUINTANA OJEDA, por llenar los extremos del articulo 326 del código Orgánico Procesal Penal.