En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio de ALIMENTOS, seguido por MAGALY JOSEFINA GARCIA DE PALENCIA contra MARCIAL DE LA CRUZ PALENCIA, decreta:
Medida Preventiva de Embargo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) de la Pensión de Jubilación, que le pueda corresponder al demandado, ciudadano MARCIAL DE LA CRUZ PALENCIA, antes identificado, como Jubilado de la Empresa P.D.V.S.A, las cantidades de dinero embargadas sobre la referida Pensión de Jubilación deberá ser entregadas mensual y directamente a la demandante, ciudadana MAGALY JOSEFINA GARCIA DE PALENCIA, antes identificada, todo de conformidad con los artículos 137 y 139 del Código Civil, en concordancia con los artículos 748 y 749 del Código de Procedimiento Civil, y a fin de garantizar dich.....