Este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental dictó sentencia definitiva en la presente causa, declarando: SU COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto fecha 31 de marzo de 2015, por la abogada Marelis Rojas Rondon, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 109.905, actuando en su condición de Sindica Procuradora del Municipio Libertador del estado Mérida en contra del fallo dictado por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo del estado Mérida, CON LUGAR el recurso de apelación ejercido. ANULÓ la sentencia apelada dictada por el iudex a quo, SIN LUGAR, la demanda en cuestión, conforme a los argumentos expuestos en la parte motiva del fallo.