Vista la diligencia de fecha 15-10-2015, suscrita por la abogada en ejercicio LJUBICA JOSIC, inscrita en el Inpreabogado bajo el N. 69.418, en su carácter de apoderada judicial del Condominio del Conjunto Residencial Maiomar, constituido mediante documento de condominio protocolizado ante la Oficina Subalterna del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 10 de abril de 1987, anotada bajo el N. 6, folios 81 al 102, Protocolo Primero, Tomo II, Segundo Trimestre del citado año; parte actora, por medio de la cual DESISTE de la presente demanda, por cuanto la parte demandada ha dado cumplimiento integro al objeto de la misma, en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES (VIA EJECUTIVA), seguido contra la ciudadana RUBY MILENA RUIZ RAMIREZ, de Nacionalidad Colombiana, mayor del edad, titular del Pasaporte N. CC-31885.399. Este Tribunal Primero de Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Jud.....