Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO PRIMERO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION FISCAL, contra el acusado ALEXANDER RAMON VILLASMIL, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 19-01-1964, titular de la cédula de identidad No 9.742.660, de 46 años de edad, hijo de los ciudadanos NELLY VILLASMIL Y JOSE URDANETA, con residencia en el Sector haticos, barrio el progreso, calle 112, casa N° 19 A-115, entrando por la Tasca Ricardo, parroquia Cristo de Aranza, Municipio Maracaibo Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, cometidos en perjuicio de la ciudadana: MAYREN ISABEL .....