En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento presentado en el presente procedimiento de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION, incoado por el ciudadano MARIO FERNANDEZ GALUE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 11.064, quien actua como Co-apoderado de la ciudadana FRANCIS MILAGRO PINEDA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, soltera, Titular de la Cedula de identidad N° 14.845.091, domiciliada en la Parroquia de Santa Cruz del Zulia, en contra de la ciudadana GLADYS DEL CARMEN VERA DE VERA venezolana, mayor de edad, viuda, Titular de la Cedula de Identidad N° 4.328.384, domiciliada en el Fundo agropecuario la Economía, ubicado en el Sector Puerto Rico, Parroquia Encontrados Municipio Catatumbo del Estado Zulia, contentiva del acto unilateral de auto.....