En relación con las pruebas ofrecidas por el Abogado defensor mediante escrito presentado en fecha 15 de Diciembre de 2005, SE ADMITEN las ofrecidas bajo los numerales 1 y 3 del capitulo quinto, como son: Resultados del Examen Médico Psiquiátrico y Resultado del Examen Toxicológico. Se INADMITEN los medios de pruebas señalados bajo los números 2 y 4 del mismo capitulo quinto, por cuanto en actas, no constan sus resultados. Se ADMITEN, los medios de prueba ofrecidos bajo el capitulo sexto, como son el Testimonio de los Expertos Forenses que practicaron el examen psiquiátrico y la experticia toxicológica, así como, el Testimonio de los ciudadanos NEILA LUISA PEREZ, ASTOLFO ENRIQUE URDANETA, LUISA ELENA AMESTY, BENEDICTA URDANETA, ALICIA VALLE y NOILA HERNANDEZ CHAPARRO, cuyos medios de prueba se admiten por ser legales, lícitos, pertinentes y necesarios para la defensa del imputado JHONNY LUIS URDANETA. En consecuencia, dada la admisión parcial de la acusación, se ordena la apertura del .....