Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL de la investigación instruida en contra del ciudadano: RAMON ANTONIO COLINA PIRELA mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V.-9.711.810, residenciado en el Barrio San Ramón, Calle 21, avenida 11-11A, casa Nº 11-136, Parroquia San Francisco, Municipio San Francisco del Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: BEATRIZ COROMOTO BRICEÑO MENDEZ, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad N°V.-12.621.348, residenciada en el Barrio San Ramón, Cal.....