Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de DESALOJO intentada por GREILYS NANCY NEUMAN GARCÍA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.819.485, Abogada en Ejercicio inscrita por ante el I.P.S.A bajo el N° 42.560, domiciliada en la Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, pero de tránsito por esta Ciudad de Cabimas, actuando en este acto en representación del ciudadano DAVID RAFAEL UZTARIZ NAVA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.926.935, Ingeniero, de igual domicilio, representación ésta que consta del documento Poder Autenticado por ante l.....