Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
1. CON LUGAR, la demanda DIVORCIO ORDINARIO, incoada por el ciudadano JOSE LUIS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 10.450.502 y domiciliado en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana MILEXY COROMOTO MARTINEZ PALMAR, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 7.935.848 y con domicilio en la ciudad de Machiques de Perijá del Estado Zulia.
2. DISUELTO el matrimonio civil contraído por los ciudadanos JOSE LUIS GARCIA y MILEXY COROMOTO MARTINEZ PALMAR, en fecha 21 de noviembre de 1987, ante el Prefecto y Secretaria del Municipio Libertad hoy Parroquia Libertad del Municipio Autónomo Machiques de Peri.....