Por los fundamentos antes Expuestos este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD del Ministerio Público, y en consecuencia, ACUERDA LA PRÓRROGA DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de la imputada SOILA DEL CARMEN PINEDA MONTIEL, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de 21 años de edad, fecha de nacimiento: 25-07-1989, soltera, de profesión u Oficio Comerciante, Titular de la Cédula de Identidad N° V-24.258.862, hija de Julio Pineda y de Esmery Montiel, residenciado en el Barrio Negro Primero, cerca del Abasto el Papa, Av. 5, calle 28, Municipio San Francisco estado Zulia,, por la presunta comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en .....