declara:
CON LUGAR la presente demanda contentiva de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana Yajaira del Valle Carroz Peña, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.819.609, en contra del ciudadano Edgar José Cadenas Quintero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.976.231, en beneficio de los adolescentes (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA). Así se decide.
En consecuencia, se fijan las siguientes cantidades:
1. FIJA como cuota de obligación de manutención ordinaria mensual para los adolescentes (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), la cantidad equivalente al treinta y tres punto treinta y tres por ciento (33,33%) de la pensión de jubilación percibida por el ciudadano Edgar José Cadenas Quintero.
2. FIJA para el mes de diciembre, adicional a la cuota de manutención ordinaria, la cantidad equivalente al treinta y tres punto treinta y tres por ciento (33,33%) de las utilidades o aguinaldos que re.....