EJECUTAR FORZOSAMENTE la sentencia interlocutoria No. 40, de fecha 03 de octubre de 2013, en el presente procedimiento de Homologación de Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, suscrita por los ciudadanos Rafael Andrés González Chacín y Gabriela Alejandra Sánchez Barboza, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-18.285.077 y V-19.547.081, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia; en relación con el niño y/o adolescente (nombre omitido por el artículo 65 de la LOPNNA). Valeria Barrios Matheus, en consecuencia, ordena:
Oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas de los municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla con la finalidad de que en comunicación con el Equipo Multidisciplinario de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ejecuten forzosamente la sentencia signada abajo el No. 40, de fecha 03 de octubre de 2013, mediando de modo tal que se cumpla el Régimen.....