Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio ordinario, fundada en la causal segunda (2da) del artículo 185 del Código Civil vigente, incoada por la ciudadana Klellys Eneida Fereira Salas, en contra del ciudadano Américo José Pernia Cordova.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Klellys Eneida Fereira Salas y Américo José Pernia Cordova, en fecha 06 de mayo del año 1989, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia; por vía de consecuencia, se acuerda oficiar a los organismos competentes a los fines de estampar las notas marginales correspondientes, una vez que quede definitivamente firme el presente fallo.
TERCERO: se condena en.....