Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNA, resuelve:
- CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE PARA RETIRAR DINERO, al ciudadano ROGER DAVID DELGADO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.965.759, actuando en representación legal y en beneficio del adolescente (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA). Así se decide.
- SE ORDENA oficiar al Representante legal del Ministerio del Poder Popular para la Educación, a los fines de participarle lo aquí acordado. De esta manera, se ofició bajo el No. 2731-11.-
- Se dejan a salvo los derechos del Fisco Nacional y de terceros.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada a su presentante.
Dada, firmada y sel.....