Por la razones antes expuestas este Tribunal Duodécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO EL VEHICULO de las siguientes características: PLACAS: 652-148, SERIAL DE CARROCERÍA: 1N694DV106101, SERIAL DE MOTOR: K0423TGC, MARCA CHEVROLET, MODELO: CAPRICE, AÑO: 1983; COLOR MARRON Y BEIGE, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR al ciudadano WILLIAN MANUEL NUÑEZ titular de la cedula de Identidad Personal No. V-4.158.152, con las obligaciones de: 1) Presentarlo cada vez que sea requerido por la autoridad Administrativa encargada de la Investigación (Fiscalía) o Judicial, 2) Abstenerse de realizar ningún tipo de Transacción (Venta, Permuta, Donación) y cualquier acto de disposición del Vehículo, manteniéndose la presente entrega en calidad de deposito hasta tanto en ciudadano William Manuel Núñez tramite y presente por ant.....