Por las razones expuestas a lo largo del presente fallo, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por el abogado Leonardo Ospino, actuando en representación del ciudadano Adelis Gómez, contra LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 092, DE FECHA 26 DE AGOSTO DE 2014 EMANADA POR LA CONTRALORÍA DEL ESTADO LARA, que declaró Sin Lugar el recurso de reconsideración ejercido.
SEGUNDO: la PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS, y en consecuencia, TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por el abogado Leonardo Ospino, actuando en representación del ciudadano Adelis Gómez, contra LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 092, DE FECHA 26 DE AGOSTO DE 2014 EMANADA POR LA CONTRALORÍA DEL ESTADO LARA, que declaró Sin Lugar e.....