este tribunal decreta Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles que sean propiedad exclusiva de la parte demandada, ciudadanos GAETANO BELLOTTI y ROBERTA BENFATTI, de nacionalidad Italiana, mayores de edad, titulares de las Cédulas de los Pasaportes Nros. 487079H y 487080H, domiciliados en el Conjunto Residencial El Morro, Torre Bartola, piso 14, apartamento Nro. 14-1, Sector Bella Vista, Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, hasta cubrir la suma de VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (BsF. 24.750,00), que corresponde al doble de la suma demandada, mas las costas procesales, calculadas a razón del 25% del valor de la demanda, montante a la suma de DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (BsF. 2.750,00) cifra esta incluida en la suma anterior. Si la medida recayere sobre cantidades liquidas de dinero, se practicará la misma hasta cubrir la suma de TRECE MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTE.....