En atención a los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, constituido como TRIBUNAL DE RETASA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES interpuesta por la abogada en ejercicio EDDA MAIZ CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.791.816, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 76.335 y de este domicilio, contra el ciudadano ALEXANDER NUÑEZ VELIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.343.434 y de este domicilio, quien está representado judicialmente por la Defensora Ad Litem Abog. KEILYN RODRIGUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 100.114 y de este domicilio. En consecuencia, quedan retasados los HONORARIOS PROFESIONALES en la cantidad de VEINTICUATRO MIL BOLIVARES (.....