Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la presente causa que por NULIDAD DE VENTA incoara la ciudadana EVELIN GUILLERMINA CALLES NAVARRO en contra del ciudadano CRUZ ANTONIO CHAVEZ TORRES y de la Cooperativa VENCEDORES DEL ZULIA 2020 R.S., SE DECLARA:
- INCOMPETENTE para conocer del presente juicio de NULIDAD DE VENTA incoado por la ciudadana EVELIN GUILLERMINA CALLES NAVARRO en contra del ciudadano CRUZ ANTONIO CHAVEZ TORRES y de la Cooperativa VENCEDORES DEL ZULIA 2020 R.S., solicitándose en consecuencia la Regulación de Competencia, de conformidad con el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, por ante el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,.....